martes, 6 de noviembre de 2018

1947 anti-fascist film goes viral in wake of racist protest in Virginia



Faladoiro ( lugar no que se murmura)




Sobre el cambio de criterio de la abogacía del Estado en el juicio sobre el procés.

           Importante saber lo que es la abogacía del Estado, en diferencia con la Fiscalía.  Y que su cliente es el  Estado representado por el Gobierno, y su criterio  y decisiones deben coincidir con los intereses del Gobierno.

Sobre as fake news.



Examen sobre las elecciones en Brasil, por Boaventura Santos en la cafetera.

       Objetivo "vaciar la democracia". La derecha liberal actual  utiliza la democracia como hecho consumado, democracia formal, pero una democracia vaciada de contenido.
       China, y su caída fue importante en la caída económica de Brasil. Era su financiador y en Brasil no hay financiación suficiente vía impuestos al capital, con lo cual la depresión de los gobiernos de Dilma.
     El Wasap y el Facebook están explorados por grandes  empresas de información que dominan con informaciones estudiadas, fake news y poca información sobre elecciones que se vieron en  Estados Unidos y  se consagraron en Brasil.









sábado, 3 de noviembre de 2018

Faladoiro ( lugar no que se murmura)



1.- ¿Es o no es Rebelión?

       Si no hubo actos violentos no hubo rebelión, Jueces paa la Democracia

    No veo Rebelión ni sedición  ( blog  Hay derecho) 

   Puigdemont no pudo ser extraditado por rebelión ( blog no hay derecho). 

  Hubo violencia, no física, pero institucinal y psicosocial. Lo que da Rebelión. ( El mundo). El autor interpreta que no son los medios utilizados, sino que basta con que se persigan los fines de la rebelión para que esta exista. 

 

2.- Si hubieramos hecho algo,  hace tiempo, para entender o convencer   sobre el independentismo catalán. Zarzalejos, cita a Marín, Lo pagaremos, lo pagaremos. 




Emperadores y Bárbaros X ( La globalización y los germanos)


                 Hérulos, junto a ostrogodos, hunos y gépidos se lanzan inútilmente contra las fuerzas romanas para desalojarlos de una colina en la Batalla de los Campos Catalaúnicos. 451 d. C

GUERREROS REYES Y ECONOMIA. 


Las concepciones románticas de las primitiva sociedad germánica vigentes en el siglo XIX  propagaron la idea de la primitiva “libertad germánica”: la idea de que, antes del nacimiento de Cristo, Germania era un mundo de nobles salvajes, libres e iguales en el que no existía una nobleza intermedia, sino reyes que eran responsables antes las asambleas  de hombres libres. Era una condición errónea, incluso en los tiempos de Tácito las sociedades germánicas tenían esclavos aunque estos gestionaban directamente sus tierras y entregaban parte de la explotación  a su dueño. Y aunque  lo restos del mundo germánico  durante los últimos siglos antes de la era cristina no muestran claras diferencias de estatura, eso no significa que no las hubiera.
Dicho esto  hay testimonios claros de que las desigualdades ya existentes  aumentaron mucho durante la época imperial. Los nuevos reyes  militares y sus séquitos fueron unos de los beneficiarios de la nueva riqueza. Se ve su reflejo en los restos arqueológicos funerarios y restos de asentamientos. Hay por parte de los reyes  y sus séquitos un acceso privilegiado a la nueva riqueza.
¿Pero hasta dónde llegaba esa desigualdad en el siglo IV y cómo deberíamos entender las nuevas entidades políticas que dominaban el territorio? ¿Eran “estados” en cualquiera de los sentidos significativos de la palabra?
La categorización de las sociedades humanas y sus sistemas políticos es un tema con una historia larga y compleja que se remonta a Aristóteles e incluso más atrás. En tiempos modernos este concepto ha recibido un nuevo impulso debido a la importancia que MARX y ENGELS atribuían al estado y su evolución. Para el MARXISMO  el ESTADO es la suma y el garante de las estructuras sociales, políticas y jurídicas a través de las cuales la clase dominante de una época determinada perpetúa su control sobre los medios primarios de producción de riqueza existentes en este momento: tierra, industria en el mundo moderno, tecnología hoy. Esta realidad de control se oculta siempre tras algún  tipo de manto ideológico  a través del cual la ELITE dice siempre a todos las demás personas que el estado existe en beneficio de todos, aunque  según la perspectiva marxista, resulta que siempre tiene que ver con el mantenimiento del poder de los privilegiados.
Para saber sobre si estamos ante estados o no,  o  ante qué tipo de  estados  estamos, debemos aplicar unas  áreas fundamentales de investigación cuando se intenta comprender el funcionamiento de cualquier sistema político.
    Cuatro preguntas debemos responder:
¿Qué volumen de población humana se reúne bajo el sistema político  en cuestión?
¿Qué tipo de gobiernos emplea, hay burócratas y funcionarios, y que clase de poder ejercen estos funcionarios y que tecnología usan?
¿Qué estratificación social y  nivel de desarrollo económico existe?  Teniendo en cuenta que ciertos  sistemas políticos como tener burocracia y poder se dan cuando hay un desarrollo económico que lo permita.
¿Qué relaciones políticas tiene esa sociedad? ¿Cómo se eligen y legitiman los  gobernantes, y en qué mecanismos sustentan su autoridad? Como se manifiesta la relación entre fuerza  y consentimiento.
Responder a estas preguntas sobre la Germania del siglo IV no es fácil, por los escasos testimonios. Los que existen se refieren  principalmente a los ALAMANES y a los GODOS TERVINGOS, lo que nos obliga a hacer generalizaciones a partir de estos casos. Pero teniendo en cuenta que entre las dos organizaciones existen bastantes puntos en común   se pueden sacar conclusiones  más generales  a partir de sus capacidades y sus modos de funcionamiento. 


                                       EL PODER Y EL REY

 

CAPACIDAD MILITAR:   De los testimonios de Alamanes y Tervingos  se desprende que con toda seguridad tenían capacidad militar. Recordemos que  Amiano nos cuenta que Cnodomario reunió treinta y cinco mil guerreros en la Batalla de Estrasburgo contra los romanos. De los testimonios de los romanos, se sabe que incluso  recibieron fuerzas prestadas germanas para la guerra de Persia, y podían sacar normalmente al campo de batalla diez mil  hombres, tanto alamanes como tervingos. 

TERRITORIO. Unos y otros tenían cierta idea de lo que era su espacio territorial. Cuando estaban en  condiciones de evitar los mayores niveles de intrusión romana en sus territorios, los caudillos tanto de alamanes como de tervingos se entrevistaban  con los emperadores romanos en conferencias celebradas a bordo de barcos en medio del Rin y del Danubio, lo que significaba que simbólicamente afirmaban que el río marcaba con toda claridad los límites entre ellos y el Imperio. Entre ellos mismos tal vez no existiese tanta claridad en la definición de las fronteras, aunque es posible que así fuera. Hay vestigios de que utilizaban mojones romanos para marcar territorios hostiles entre alamanes  y burgundios,  así como el río Dniéster  era considerado línea de demarcación entre tervigos y otros godos y gretungos. 

UNIFORMIDAD CULTURAL. Debido a la presión romana en estos territorios definidos las autoridades tenían cierta capacidad o intentaban   imponer a sus habitantes cierto grado de uniformidad cultural. Hay vestigios de que se resistieron  en algunos momentos a la propagación del Cristianismo en el Siglo IV en el Danubio. Expulsión y ejecución de misioneros cristianos, creando mártires, son pruebas de  la lucha contra la imposición cultural. Esta circunstancia  indica que  el sentido de su propio espacio que al menos poseían los godos  Tervingos que llegaron a adoptar una forma cultural bastante activa, aparte de la económica y militar. 

PODERES INSTITUCIONALES.  De los Tervingos y Alamanes se deduce que existían autoridades con poderes institucionales cuando  se obliga a hacer el servicio militar”, y se prestan tropas a los romanos para las guerras contra los persas. 

IMPUESTOS. Las autoridades alamanes y tervingos habían definido los derechos a la ayuda económica básica en forma de  impuestos sobre la producción agrícola. Estos eran necesarios para mantener el séquito  militar del rey. En el siglo I, el séquito real se mantenía  a base de donaciones voluntarias de géneros alimentarios, la evolución era evidente. Hay vestigios de ricas ánforas de vino romanas provenientes de importación, lo que demuestra que los reyes detraían parte de la producción básica de la población para cambiarla por mercancías romanas  par su propio consumo.
Así pues, en conclusión podemos decir  que los líderes germánicos del siglo IV poseían derechos bien desarrollados. Podían definir y exigir la realización del servicio militar, trabajos, e impuestos sobre la producción agrícola. Casi con toda seguridad  poseían el derecho a  la resolución de disputas legales, especialmente entre los súbditos más importantes. Por lo que sabemos no hay vestigios de utilización de burocracia articulada. Conocían distintos tipos de escritura. Utilizaban las runas, algunos ya utilizaban el latín y a mediados del IV, el gótico se convirtió rápidamente en una lengua escrita, como la primera lengua germánica que lo consiguió.
Sobre los métodos de cobro de impuestos no sabeos si utilizaban el sistema del cobro por distritos, que entre los alamanes ya existía, y estos daban un tanto al rey o el sistema utilizado en Inglaterra anglosajona y en muchos contestos de los albores de la Edad Media en que los impuestos se recaudaban  principalmente alimentos con el sistema de la llamada “CORTE AMBULANTE”. Todo hace suponer, aunque no hay vestigios, de que lo mismo sucedía en las cortes de los reyes germánicos del siglo IV. Quizá sea un reflejo de este proceso itinerante el hecho de que los romanos no pudieran prever simplemente dónde iba a encontrarse un reye alamán cuando querían dar con él, y un correlato de esa, a todos luces, la existencia de numerosos centro reales. 

Fuente.   

lunes, 22 de octubre de 2018

Sobre la sentencia del Supremo acerca del pago del impuesto sobre hipotecas.

             El Tribunal Supremo a través de la  Sala de lo Contencioso-Administrativo  ha cambiado su doctrina con la consiguiente anulación de una norma legislativa, sobre a quién debe corresponder el pago del impuesto sobre Actos jurídicos documentados cuando se constituye una hipoteca. Hasta ahora correspondía al cliente liquidar el impuesto, ahora mismo el supremo ha dicho que corresponde al Banco. Más allá de discusión doctrinal de quién es en esta relación sujeto pasivo y sujeto activo del contrato, y a quién beneficia el pago del impuesto  en el sentido de que el pago del  impuesto da garantías jurídicas a quién lo paga, el tema  que más puede escandalizar al andante español es la  vulneración del principio de Seguridad Jurídica constitucional, así en vena.  

      Esto no es normal. Me refiero al hecho en si, de forma extemporánea, poder  cambiar un criterio doctrinal que tiene una repercusión económica tan directa. Que conste que desde mi humilde opinión jurídica, es clarísimo que corresponde al Banco el pago del impuesto, de hecho así lo han decidido. No obstante viendo la parte posibilista y realista de la vida, uno se pregunta si viendo que hay un error, digamos así, habrá que  solucionarlo de otra manera más pragmática, a cucharaditas, hasta reponer la verdad jurídica.
      ¿Se puede de la noche a la mañana cambiar una doctrina jurisprudencial que afecte de forma determinante a intereses económicos tan cuantiosos?. No es por defender a los bancos,  que de otro lado  sacarán lo que les quiten y aparte el perjudicado va a ser siempre el consumidor. No obstante  en temas de  dinero que son temas de Estado,  debe actuarse más cautelarmente.
        Dicho lo cual, para un aficionado como el que escribe, cree que la sentencia endereza algo que chirría al derecho. Es absurdo que pague el cliente el impuesto, más que absurdo, injusto. En cualquier contrato  corresponde al vendedor el pago del impuesto, ya que la ley entiende que es el que se beneficia, en tanto que el impuesto ante la Administración le otorga una seguridad  jurídica a la hora de  hacer valer su derecho, excepto en el tema bancario. En las hipotecas es al banco a quién beneficia el pago del impuesto en este sentido.
        Estamos de acuerdo, pero lo que llama más la atención es que la sentencia de una Sala sea enmendada por el Pleno del Tribunal y se vaya a estudiar la cuestión porque  alguien  que vive en un altar mirando mansamente la tierra cambia un criterio que tiene  repercusiones en la economía y en la salud de los bancos, que tal como funciona esto, son fundamentales en la economía. Si  para algo está el Derecho es para ayudar a solucionar los conflictos y dar una seguridad y un cauce a los agentes sociales y económicos para operar. La Inseguridad jurídica es un gran bien social lo contrario es un gran inconveniente para el progreso, la redistribución de la riqueza  y el bienestar de los ciudadanos.
      El prestigio y la auctoritas del Supremo quedan tocados. ¿Con que criterios, por ejemplo, se puede argumentar que el supremo no cambie en su criterio sobre el enjuiciamiento de políticos catalanes, cuando la política se lo exija?.  ¿ Se puede argumentar que el Tribunal Supremo no puede cambiar  su doctrina de la noche a la mañana?
       
        


           Para ilustrarnos al respecto.

          Una J.R.Chaves lo explica magníficamente.


    Elisa Beni, nos da pistas de los porqués del asunto.


       SENTENCIA




Que mejor que un vídeo para sintetizar todo.   J.R. chaves en su blog De la justicia.

https://www.youtube.com/watch?v=jZj7KotwcoQ





sábado, 6 de octubre de 2018

Faladoiro ( lugar no que se murmura)






  ¿Hubo un golpe de Estado en Cataluña, hay delito de Rebelión ?. Sánchez Cuenca hace un análisis de la situación.   El golpe contra el franquismo. 


   Serviço militar obrigatorio, pode voltar em Portugal? 


   Guernika y Picasso, las cosas no son tan redondas y chuscas como las cuenta Perez Reverte.

#MeToo: Un año después del fin del silencio

Algo está  cambiando en el mundo y a pasos muy rapidos.  El caso   Brett Kavanaugh  ha puesto de nuevo  en  el foco el movimiento metoo. 
"El impacto mediático del caso Weinstein se debe, entre otras razones, a que se produjo en un contexto en el que el papel de la mujer ya está especialmente cosificado e implicaba a un hombre con mucho poder, que se creía impune. En cambio, cayó. No solo él, también su compañía se ha declarado en quiebra, y ese desenlace ha servido para demostrar a muchas víctimas que hay que pasar a la acción", argumenta Miguel Llorente.