miércoles, 21 de noviembre de 2018
Faladoiro ( lugar no que se murmura)
Sobre los coches y el horizonte del 2040.
El Ejército Europeo, volver a la idea de la Seguridad Conjunta y el desarrollo de la PESC. Macron y Merkel inician el impulso de algo que parece muy lejano.
Un policía italiano desarrolla un algoritmo para prevenir delitos.
La renovación del Consejo del Poder Judicial, la jugada de Marchena y el porqué de tantas cosas. Nadie como Elisa Beni lo explican tan bien, simple y claro.
martes, 6 de noviembre de 2018
Faladoiro ( lugar no que se murmura)
Sobre el cambio de criterio de la abogacía del Estado en el juicio sobre el procés.
Importante saber lo que es la abogacía del Estado, en diferencia con la Fiscalía. Y que su cliente es el Estado representado por el Gobierno, y su criterio y decisiones deben coincidir con los intereses del Gobierno.
Sobre as fake news.
Examen sobre las elecciones en Brasil, por Boaventura Santos en la cafetera.
Objetivo "vaciar la democracia". La derecha liberal actual utiliza la democracia como hecho consumado, democracia formal, pero una democracia vaciada de contenido.China, y su caída fue importante en la caída económica de Brasil. Era su financiador y en Brasil no hay financiación suficiente vía impuestos al capital, con lo cual la depresión de los gobiernos de Dilma.
El Wasap y el Facebook están explorados por grandes empresas de información que dominan con informaciones estudiadas, fake news y poca información sobre elecciones que se vieron en Estados Unidos y se consagraron en Brasil.
sábado, 3 de noviembre de 2018
Faladoiro ( lugar no que se murmura)
1.- ¿Es o no es Rebelión?
Si no hubo actos violentos no hubo rebelión, Jueces paa la Democracia
No veo Rebelión ni sedición ( blog Hay derecho)
Puigdemont no pudo ser extraditado por rebelión ( blog no hay derecho).
Hubo violencia, no física, pero institucinal y psicosocial. Lo que da Rebelión. ( El mundo). El autor interpreta que no son los medios utilizados, sino que basta con que se persigan los fines de la rebelión para que esta exista.
2.- Si hubieramos hecho algo, hace tiempo, para entender o convencer sobre el independentismo catalán. Zarzalejos, cita a Marín, Lo pagaremos, lo pagaremos.
Emperadores y Bárbaros X ( La globalización y los germanos)
Hérulos, junto a ostrogodos, hunos y gépidos se lanzan inútilmente contra las fuerzas romanas para desalojarlos de una colina en la Batalla de los Campos Catalaúnicos. 451 d. C
GUERREROS REYES Y ECONOMIA.
Las concepciones
románticas de las primitiva sociedad germánica vigentes en el siglo XIX propagaron la idea de la primitiva “libertad
germánica”: la idea de que, antes del nacimiento de Cristo, Germania era un
mundo de nobles salvajes, libres e iguales en el que no existía una nobleza
intermedia, sino reyes que eran responsables antes las asambleas de hombres libres. Era una condición errónea,
incluso en los tiempos de Tácito las sociedades germánicas tenían esclavos
aunque estos gestionaban directamente sus tierras y entregaban parte de la
explotación a su dueño. Y aunque lo restos del mundo germánico durante los últimos siglos antes de la era cristina
no muestran claras diferencias de estatura, eso no significa que no las
hubiera.
Dicho esto hay testimonios claros de que las
desigualdades ya existentes aumentaron
mucho durante la época imperial. Los nuevos reyes militares y sus séquitos fueron unos de los
beneficiarios de la nueva riqueza. Se ve su reflejo en los restos arqueológicos
funerarios y restos de asentamientos. Hay por parte de los reyes y sus séquitos un acceso privilegiado a la
nueva riqueza.
¿Pero hasta dónde llegaba
esa desigualdad en el siglo IV y cómo deberíamos entender las nuevas entidades
políticas que dominaban el territorio? ¿Eran “estados” en cualquiera de los
sentidos significativos de la palabra?
La categorización de las
sociedades humanas y sus sistemas políticos es un tema con una historia larga y
compleja que se remonta a Aristóteles e incluso más atrás. En tiempos modernos
este concepto ha recibido un nuevo impulso debido a la importancia que MARX y
ENGELS atribuían al estado y su evolución. Para el MARXISMO el ESTADO es la suma y el garante de las
estructuras sociales, políticas y jurídicas a través de las cuales la clase
dominante de una época determinada perpetúa su control sobre los medios
primarios de producción de riqueza existentes en este momento: tierra,
industria en el mundo moderno, tecnología hoy. Esta realidad de control se
oculta siempre tras algún tipo de manto
ideológico a través del cual la ELITE
dice siempre a todos las demás personas que el estado existe en beneficio de
todos, aunque según la perspectiva
marxista, resulta que siempre tiene que ver con el mantenimiento del poder de
los privilegiados.
Para saber sobre si
estamos ante estados o no, o ante qué tipo de estados estamos, debemos aplicar unas áreas fundamentales de investigación cuando
se intenta comprender el funcionamiento de cualquier sistema político.
Cuatro preguntas debemos responder:
¿Qué volumen de población
humana se reúne bajo el sistema político
en cuestión?
¿Qué tipo de gobiernos
emplea, hay burócratas y funcionarios, y que clase de poder ejercen estos
funcionarios y que tecnología usan?
¿Qué estratificación
social y nivel de desarrollo económico
existe? Teniendo en cuenta que
ciertos sistemas políticos como tener
burocracia y poder se dan cuando hay un desarrollo económico que lo permita.
¿Qué relaciones políticas
tiene esa sociedad? ¿Cómo se eligen y legitiman los gobernantes, y en qué mecanismos sustentan su
autoridad? Como se manifiesta la relación entre fuerza y consentimiento.
Responder a estas
preguntas sobre la Germania del siglo IV no es fácil, por los escasos
testimonios. Los que existen se refieren
principalmente a los ALAMANES y a los GODOS TERVINGOS, lo que nos obliga
a hacer generalizaciones a partir de estos casos. Pero teniendo en cuenta que
entre las dos organizaciones existen bastantes puntos en común se pueden sacar conclusiones más generales
a partir de sus capacidades y sus modos de funcionamiento.
EL PODER Y EL REY
CAPACIDAD MILITAR: De los testimonios de Alamanes y
Tervingos se desprende que con toda
seguridad tenían capacidad militar. Recordemos que Amiano nos cuenta que Cnodomario reunió
treinta y cinco mil guerreros en la Batalla de Estrasburgo contra los romanos.
De los testimonios de los romanos, se sabe que incluso recibieron fuerzas prestadas germanas para la
guerra de Persia, y podían sacar normalmente al campo de batalla diez mil hombres, tanto alamanes como tervingos.
TERRITORIO. Unos y otros
tenían cierta idea de lo que era su espacio territorial. Cuando estaban en condiciones de evitar los mayores niveles de
intrusión romana en sus territorios, los caudillos tanto de alamanes como de
tervingos se entrevistaban con los
emperadores romanos en conferencias celebradas a bordo de barcos en medio del
Rin y del Danubio, lo que significaba que simbólicamente afirmaban que el río
marcaba con toda claridad los límites entre ellos y el Imperio. Entre ellos
mismos tal vez no existiese tanta claridad en la definición de las fronteras,
aunque es posible que así fuera. Hay vestigios de que utilizaban mojones
romanos para marcar territorios hostiles entre alamanes y burgundios,
así como el río Dniéster era
considerado línea de demarcación entre tervigos y otros godos y gretungos.
UNIFORMIDAD CULTURAL. Debido
a la presión romana en estos territorios definidos las autoridades tenían
cierta capacidad o intentaban imponer a
sus habitantes cierto grado de uniformidad cultural. Hay vestigios de que se
resistieron en algunos momentos a la
propagación del Cristianismo en el Siglo IV en el Danubio. Expulsión y
ejecución de misioneros cristianos, creando mártires, son pruebas de la lucha contra la imposición cultural. Esta
circunstancia indica que el sentido de su propio espacio que al menos
poseían los godos Tervingos que llegaron
a adoptar una forma cultural bastante activa, aparte de la económica y militar.
PODERES
INSTITUCIONALES. De los Tervingos y
Alamanes se deduce que existían autoridades con poderes institucionales
cuando se obliga a hacer el servicio
militar”, y se prestan tropas a los romanos para las guerras contra los persas.
IMPUESTOS. Las
autoridades alamanes y tervingos habían definido los derechos a la ayuda
económica básica en forma de impuestos
sobre la producción agrícola. Estos eran necesarios para mantener el séquito militar del rey. En el siglo I, el séquito
real se mantenía a base de donaciones
voluntarias de géneros alimentarios, la evolución era evidente. Hay vestigios
de ricas ánforas de vino romanas provenientes de importación, lo que demuestra
que los reyes detraían parte de la producción básica de la población para
cambiarla por mercancías romanas par su
propio consumo.
Así pues, en conclusión
podemos decir que los líderes germánicos
del siglo IV poseían derechos bien desarrollados. Podían definir y exigir la
realización del servicio militar, trabajos, e impuestos sobre la producción
agrícola. Casi con toda seguridad
poseían el derecho a la
resolución de disputas legales, especialmente entre los súbditos más
importantes. Por lo que sabemos no hay vestigios de utilización de burocracia
articulada. Conocían distintos tipos de escritura. Utilizaban las runas,
algunos ya utilizaban el latín y a mediados del IV, el gótico se convirtió rápidamente
en una lengua escrita, como la primera lengua germánica que lo consiguió.
Sobre los métodos de
cobro de impuestos no sabeos si utilizaban el sistema del cobro por distritos,
que entre los alamanes ya existía, y estos daban un tanto al rey o el sistema
utilizado en Inglaterra anglosajona y en muchos contestos de los albores de la
Edad Media en que los impuestos se recaudaban
principalmente alimentos con el sistema de la llamada “CORTE AMBULANTE”.
Todo hace suponer, aunque no hay vestigios, de que lo mismo sucedía en las
cortes de los reyes germánicos del siglo IV. Quizá sea un reflejo de este
proceso itinerante el hecho de que los romanos no pudieran prever simplemente
dónde iba a encontrarse un reye alamán cuando querían dar con él, y un
correlato de esa, a todos luces, la existencia de numerosos centro reales.
Fuente.
lunes, 22 de octubre de 2018
Sobre la sentencia del Supremo acerca del pago del impuesto sobre hipotecas.
El Tribunal Supremo a través de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha cambiado su doctrina con la consiguiente anulación de una norma legislativa, sobre a quién debe corresponder el pago del impuesto sobre Actos jurídicos documentados cuando se constituye una hipoteca. Hasta ahora correspondía al cliente liquidar el impuesto, ahora mismo el supremo ha dicho que corresponde al Banco. Más allá de discusión doctrinal de quién es en esta relación sujeto pasivo y sujeto activo del contrato, y a quién beneficia el pago del impuesto en el sentido de que el pago del impuesto da garantías jurídicas a quién lo paga, el tema que más puede escandalizar al andante español es la vulneración del principio de Seguridad Jurídica constitucional, así en vena.
Esto no es normal. Me refiero al hecho en si, de forma extemporánea, poder cambiar un criterio doctrinal que tiene una repercusión económica tan directa. Que conste que desde mi humilde opinión jurídica, es clarísimo que corresponde al Banco el pago del impuesto, de hecho así lo han decidido. No obstante viendo la parte posibilista y realista de la vida, uno se pregunta si viendo que hay un error, digamos así, habrá que solucionarlo de otra manera más pragmática, a cucharaditas, hasta reponer la verdad jurídica.
¿Se puede de la noche a la mañana cambiar una doctrina jurisprudencial que afecte de forma determinante a intereses económicos tan cuantiosos?. No es por defender a los bancos, que de otro lado sacarán lo que les quiten y aparte el perjudicado va a ser siempre el consumidor. No obstante en temas de dinero que son temas de Estado, debe actuarse más cautelarmente.
Dicho lo cual, para un aficionado como el que escribe, cree que la sentencia endereza algo que chirría al derecho. Es absurdo que pague el cliente el impuesto, más que absurdo, injusto. En cualquier contrato corresponde al vendedor el pago del impuesto, ya que la ley entiende que es el que se beneficia, en tanto que el impuesto ante la Administración le otorga una seguridad jurídica a la hora de hacer valer su derecho, excepto en el tema bancario. En las hipotecas es al banco a quién beneficia el pago del impuesto en este sentido.
Estamos de acuerdo, pero lo que llama más la atención es que la sentencia de una Sala sea enmendada por el Pleno del Tribunal y se vaya a estudiar la cuestión porque alguien que vive en un altar mirando mansamente la tierra cambia un criterio que tiene repercusiones en la economía y en la salud de los bancos, que tal como funciona esto, son fundamentales en la economía. Si para algo está el Derecho es para ayudar a solucionar los conflictos y dar una seguridad y un cauce a los agentes sociales y económicos para operar. La Inseguridad jurídica es un gran bien social lo contrario es un gran inconveniente para el progreso, la redistribución de la riqueza y el bienestar de los ciudadanos.
El prestigio y la auctoritas del Supremo quedan tocados. ¿Con que criterios, por ejemplo, se puede argumentar que el supremo no cambie en su criterio sobre el enjuiciamiento de políticos catalanes, cuando la política se lo exija?. ¿ Se puede argumentar que el Tribunal Supremo no puede cambiar su doctrina de la noche a la mañana?
Para ilustrarnos al respecto.
Una J.R.Chaves lo explica magníficamente.Elisa Beni, nos da pistas de los porqués del asunto.
SENTENCIA
Que mejor que un vídeo para sintetizar todo. J.R. chaves en su blog De la justicia.
https://www.youtube.com/watch?v=jZj7KotwcoQsábado, 6 de octubre de 2018
Faladoiro ( lugar no que se murmura)
¿Hubo un golpe de Estado en Cataluña, hay delito de Rebelión ?. Sánchez Cuenca hace un análisis de la situación. El golpe contra el franquismo.
Serviço militar obrigatorio, pode voltar em Portugal?
Guernika y Picasso, las cosas no son tan redondas y chuscas como las cuenta Perez Reverte.
#MeToo: Un año después del fin del silencio
Algo está cambiando en el mundo y a pasos muy rapidos. El caso Brett Kavanaugh ha puesto de nuevo en el foco el movimiento metoo."El impacto mediático del caso Weinstein se debe, entre otras razones, a que se produjo en un contexto en el que el papel de la mujer ya está especialmente cosificado e implicaba a un hombre con mucho poder, que se creía impune. En cambio, cayó. No solo él, también su compañía se ha declarado en quiebra, y ese desenlace ha servido para demostrar a muchas víctimas que hay que pasar a la acción", argumenta Miguel Llorente.
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