El Tribunal Constitucional no interpreta propiamente la Constitución, sino que interpreta la interpretación que de la Constitución han hecho las Cortes. Mientras no hay interpretación mediante ley por las Cortes, el Tribunal Constitucional no puede intervenir.
Y además
Artículo 1
2. La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado.
Artículo 66
1. Las Cortes Generales representan al pueblo español y están formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado.