Condenan a indemnizar a la esposa de un enfermo que se murió por diagnosticarle tarde un cáncer.
El T.S.J.N ( navarra) ha condenado al Servicio de Salud de Navarra a indemnizar con 20. 000 euros a una esposa por el fallecimiento de su marido a causa de un cáncer que se demostró tuvo un retraso en el inicio del diagnóstico y del tratamiento.
La sentencia que revoca otra del Tribunal de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Pamplona que negaba la pretensión de la esposa, da validez a la prueba pericial presentada por la demandante y deja probado que hubo una falta de seguimiento (lex artis) en la enfermedad y una mala praxis médica (negligencia). Como consecuencia del retraso de tres meses en dar el diagnóstico acertado al paciente este murió y perdió la oportunidad de tener un tratamiento adecuado que hubiese posiblemente haberlo mantenido con vida.
La sentencia en base a doctrina del Tribunal Supremo obliga a indemnizar el daño moral de no haber recibido un tratamiento y la mera posibilidad de poder obtener un resultado distinto.